viernes, 27 de mayo de 2011

Codigo De Procedimiento Penal

Art 2o En desarrollo de las actuaciones penales prevalece el principio de presuncion de inocencia segun el cual toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal, mientras no se produsca una declaracion judicial definitiva sobre su responsabilidad penal .

La presuncion de inocencia es definitivamente una garantia consagrada en el articulo 29 de la constitucion politica y reafirmada en el articulo 2o de codigo de procedimiento penal.
Pero este principio no tiene caracter absoluto, y sus consecuencias se van limitando a medida que se recaudan pruebas que comprometan al implicado, de manera que la propia ley autoriza que ante determinado caudal probatorio el instructor pueda vincular a una persona al proceso, ordenar su detencion, o enjuiciarla, sin que por ello se afecte la garantia ni se destruya totalmente la presuncion de inocencia, la cual se concerva hasta que exista un pronunciamiento judicial ejecutoriado sobre su responsabilidad


Comentarios : se ha vuelto de extrema necesidad que los ciudadanos de un espacio geografiico determinado ,conscan los derechos y garantias que les ofrece el organismo estatal al que estan vinculados
 determinado,  Pero esto no se detienen en el solo conocimiento de dichas garantías reglamentarias, sino en la confianza que el gobernado tiene, en que el orden a que se somete, y a quien entrega una parte de su libertad con el fin de organizarse, le va a materializar las garantías descritas en la normatividad, para que todas las actuaciones dentro de dicho orden, estén ajustadas a la legalidad y a la justicia.
En este orden de ideas, podemos explicar la presunción de inocencia como la define el doctor ORLANDO ALFONSO RODRÍGUEZ quien afirma lo siguiente: "la manifestación lógica e inmediata del status inocentae del cual es titular todo ciudadano" entendiendo que desde el principio de nuestra historia, desde que la especie humana, existe, se ha demostrado que todos sus esfuerzos, se han encaminado ha obtener un mejor estilo de vida, desarrollando culturas, costumbres, sociedades, y por último hasta un estado y el derecho, todo lo anterior, en pro de un orden que permita satisfacer las necesidades de una comunidad.
Una comunidad que se formó gracias al instinto de supervivencia del hombre, que buscó sus semejantes para agruparse y de esta manera vencer juntos los peligros y las amenazas a que se enfrentaba nuestra especie en el principio de la historia. Toda vez que es evidente que en el reino animal hay cazadores con una superioridad abismal en cuanto a fuerza, destreza, táctica y agilidad sobre el hombre, de no haber sido por la unificación de varias partes de la especie humana, simplemente esta última no existiría. Hubiéremos perecido en el intento por sobrevivir en un mundo en donde por fortaleza física estábamos llamados al ocaso

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